En la sesión ordinaria del miércoles 27 de junio del Concejo Deliberante Brocheriano se conoció el veto parcial de la ordenanza 101/12 que prevé la adhesión a la ley Provincial 9113 y su decreto reglamentario 1798 que prevén la creación del "Programa Provincial Permanente de Prevención y Control del Tabaquismo".
Los fundamentos esgrimidos por el ejecutivo local para promulgar sólo parcialmente la ordenanza 101/12
El decreto 150/12 promulga solamente los artículos 1, 2, 11, 12, 13 y 14; vetando el resto de la ordenanza (3 a 10 inclusive).
El argumento central de tal decisión es que: "a partir del artículo tercero y hasta el artículo once enumera una serie de disposiciones, algunas de ellas se encuentran contenidas en la Ley y Decreto Reglamentario aprobado. Otras disposiciones allí contenidas, lo modifican y/o alteran las disposiciones aprobadas,... generan (do), por ejemplo, un régimen de sanciones diferente, sin haber excluido el artículo específico de la ley aprobada."
Algunas Repercusiones
Sin dudas el veto parcial de esta normativa - llevada al seno del deliberativo por la vicepresidenta del cuerpo Nancy Brizuela (FC) - pone de manifiesto una vez más la poco fluida comunicación que existe entre el departamento ejecutivo y el ayuntamiento local.
Es que, si bien el veto parcial o total de una ordenanza está previsto en la ley orgánica municipal (Art. 49 inc. 2); extraña al menos que se haya recurrido a este mecanismo cuando 6 de los 7 ediles brocherianos pertenecen al oficialismo municipal, teniendo en cuenta - además - que la norma fue sancionada de forma unánime.
Por otro lado, asombra - al menos - la diferencia de criterios en materia de derecho administrativo entre la asesoría letrada del ejecutivo (encabezada por Guido Funes) y la del parlamento brocheriano (o sea el abogado riocuartense Guillermo De Rivas). Mientras los primeros sostienen que la normativa elaborada por el concejo deliberante se superpone con la ley provincial a la que adhiere, los segundos interpretan que los argumentos suscritos por el intendente Pedernera carecen de solidez conceptual.
Por último, esta desinteligencia institucional no hace más que acentuar la necesidad de contar con un área de prensa jerarquizada que tenga en cuenta realmente la responsabilidad de brindar información consistente y fidedigna que refleje con transparencia el accionar de la gestión municipal. Esto teniendo como referencia la publicación por medio del correo electrónico oficial de la sanción de esta ordenanza (ahora promulgada sólo parcialmente) como si fuera ya un hecho consumado, basándose únicamente en versiones periodísticas.
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