jueves, 14 de junio de 2012

Cura Brochero. Desinteligencias en la Comunicación Institucional

El pasado miércoles 6 el deliberativo brocheriano sancionó la ordenanza 101 por la cual se adhiere a la ley provincial 9113 (más conocida como "Ley Antitabaco") y, por ende, se dispuso la prohibición de fumar "en lugares cerrados de acceso al público".




La normativa en cuestión no había sido suscrita aún por el presidente del deliberativo, Juan Valenciaga, ni remitida - en consecuencia - al departamento ejecutivo. Por lo tanto, tampoco ha sido promulgada aún por el ejecutivo brocheriano.
Sin embargo, el área de prensa de ese municipio difundió en la mañana del miércoles 13 un correo electrónico en el que informaba, cual si la normativa en cuestión fuera una realidad ya consumada: "El concejo deliberante de Villa Cura Brochero informa a la comunidad que en su sesión ordinaria del miércoles último, ha sancionado la ordenanza que determina la prohibición de fumar en sitios públicos..." 


Cabe destacar que la información brindada por el departamento de Prensa y Comunicación Institucional de esa municipalidad fue tomada de versiones periodísticas y no consultadas con la secretaría del concejo (el área natural de difusión del ayuntamiento) como se desprende de este otro correo electrónico enviado una hora y dos minutos más tarde por la misma área de prensa, intentando aclarar cuestiones que de por sí están más que sabidas si uno se remite - por ejemplo - al artículo 34 de la ley orgánica municipal 8102 ("...Aprobado el proyecto de Ordenanza por el Concejo Deliberante pasa al Departamento Ejecutivo para su examen, promulgación y publicación. Se considerará aprobado todo proyecto no vetado en el plazo de diez (10) días hábiles...")


El correo en cuestión dice: "Si bien el Concejo Deliberante de Villa Cura Brochero en su sesión ordinaria del miércoles pasado, sancionó la Ordenanza que determina la prohibición de fumar en sitios públicos, todavía esta no ha sido promulgada por la autoridad máxima municipal, por lo general informan desde Secretaría del Concejo Deliberante se deja un margen de diez días para dar a conocer el resultado final del trámite."
Preocupa la falta de comunicación entre el área homónima y el "brazo" legislativo del municipio brocheriano. Más aún, si se tiene en cuenta que este último es el que crea las leyes locales y con su correcto funcionamiento da transparencia a la gestión de turno; y que el área de comunicación es la que hoy por hoy está constituida como nexo (aunque indirecto) entre la gestión municipal y la ciudadanía.




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